PROMOCION 525 HOTELES 2020/21BASES Y CONDICIONES1. VIGENCIA. ALCANCE GEOGRÁFICO.1.1. Transportes Integrados América S.A. (en adelante el “Organizador”) con domicilio en la calle Viamonte 965 piso 4, CABA, CUIT 30-71029743-2, organiza la promoción denominada “BUSPLUS NOCHE FREE”- (en adelante la “Promoción”). La misma se encontrará vigente para las compras efectuadas desde el 4/11/2020 hasta el 31/12/2020 inclusive y para su utilización de beneficio desde el 1/12/2020 hasta el 28/02/2021, quedando exceptuados los días feriados nacionales, las fiestas y carnaval (plazo de vigencia) la promoción es sobre 60 plazas en base doble siempre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los hoteles participantes. La noche de hotel no será descontada ni tendrá devolución por no hacerse uso de la misma y será válido para viajes de toda la República Argentina a la ciudad Autónoma de Buenos Aires, sujeto al cumplimiento de las presentes Bases y Condiciones (en adelante las “Bases”). 2. PARTICIPANTES
2.1. Podrá participar de la presente Promoción cualquier persona residente en la República Argentina. En todos los casos deberán ser mayores de 18 años.
3. LA PROMOCION
3.1. Con la compra de un pasaje con destino a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dentro de la vigencia estipulada en el punto 1.1., se otorga el beneficio de una noche free en la cadena 525 Hoteles, vigente para el plazo de vigencia y para su utilización de acuerdo a lo descripto en el punto 1.1.
4. ENTREGA
4.1. Para acceder al PREMIO previsto en la PROMOCION, El pasajero será responsable de generar su reserva en contacto directo con el/los hoteles a través del teléfono/Whatsapp 11-6179-7002 Mail [email protected] La reserva para uso de la promoción deberá realizarse con al menos 24hs de anticipación, siempre dentro de los tiempos de vigencia informados. El hotel requerirá al pasajero el envío por mail o Whatsapp la confirmación de compra obtenida en Busplus.
5. GASTOS/IMPUESTOS5.1. Todos los costos e impuestos que se deriven para obtener y retirar el PREMIO, así como todo impuesto o tributo que deba actualmente abonarse o se imponga en el futuro sobre el premio de la Promoción, y los gastos en que incurran los Participantes como consecuencia de la obtención y entrega de los mismos incluyendo, sin limitación, aquellos gastos de traslado y estadía en que incurran para procurar la entrega de los premios, se encontrarán a su exclusivo cargo. 6. AUTORIZACION
6.1. La participación en esta Promoción implica la autorización expresa para la difusión pública, transmisión, retransmisión, reproducción o publicación de las fotografías, imágenes o grabaciones de imagen y/o voz y/o datos personales de los Participantes, en todos y cualquier medio de comunicación (visual, audio u otra incluyendo presentaciones por televisión por aire, antena, cable, satélite, radio, Internet, etc.) con cualquier finalidad, durante el Plazo de Vigencia y hasta 1 (un) año después de su finalización, sin que el Participante tenga derecho al reclamo de indemnización, contraprestación y/ o compensación alguna.
7. MODIFICACIONES Y SUSPENSIONES
7.1. Las presentes Bases podrán ser modificadas sin previo aviso a criterio del Organizador y publicadas a través de los distintos medios de comunicación.
8. INDEMNIDAD
8.1. En caso que los PREMIOS establecidos en las presentes Bases no puedan ser entregados y/o gozados por causas no imputables al Organizador (incluyendo, pero sin limitar, por las modificaciones en la legislación vigente al momento del uso del beneficio y/o cualquier normativa relativa a los cuidados ciudadanos por COVID-19), el Organizador no tendrá responsabilidad alguna frente a los PARTICIPANTES, quedando la promoción sin uso ni devolución.
9. ACEPTACIÓN9.1. La participación en esta Promoción implica el conocimiento y la aceptación de estas Bases. Los Participantes hacen expresa y voluntaria renuncia a todo reclamo de índole administrativo, judicial o extrajudicial contra los organismos de contralor. 10. JURISDICCIÓN10.1. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivarse de la realización del Entretenimiento, los participantes y el Organizador se someterán a la competencia de los tribunales ordinarios de la Ciudad de Buenos Aires. ANEXO
Empresas habilitadas para acceder a la promoción
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